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sábado, 21 de diciembre de 2013

Leyes federales de bancarrota - II

Eistos son los estatutos fundamentales que se tratan en los estatutos federales de las leyes de bancarrota. La legislación de bancarrotas de los Estados Unidos fue promulgada primeramente en el año de 1898, se modificó en forma sustancial en 1938, cambió nuevamente en 1978 y se refino por última vez en 1984. 
La Ley de 1978, la cual proporciona las leyes básicas que regulan las bancarrotas el día de hoy, fue una revisión de gran envergadura, la cual fue diseñada con la finalidad de delimitar y de dar celeridad a los procedimientos, y consiste de ocho capítulos nones, ya que los capítulos pares de la ley anterior fueron eliminados. Los capítulos 1, 3 y 5 de la Ley de 1978 contienen cláusulas generales aplicables a los demás capítulos; el capítulo 7 detalla los procedimientos que se deben seguir ai liquidar a una empresa; el capítulo 9 trata de las instituciones municipales financieramente perturbadas; el capítulo 11 trata de la reorganización de los negocios; el capítulo 13 cubre el ajuste de deudas para los "individuos que tienen ingresos regulares"; y el capítulo 15 establece un sistema de fideicomisarios que ayudan a administrar los procedimientos que marca la ley. Los capítulos 11 y 7 son los más importantes desde el punto de vista de los propósitos de la administración financiera. Cuando se lea en el periódico que la McCroy Corporation o alguna otra compañía "ha presentado su solicitud para el capítulo 11", esto significa que la compañía está en quiebra y que está tratando de reorganizarse bajo el capítulo 11 de la Ley. Si no se puede elaborar un plan de reorganización, entonces la compañía será liquidada tal y como se prescribe en el capítulo 7 de la Ley.
La Ley de 1978 es muy flexible, y proporciona una gran cantidad de espacio para el desarrollo de negociaciones informales entre una compañía y sus acreedores. Bajo esta ley, se abre un caso mediante la presentación de una petición ante una corte de bancarrotas de un distrito federal. La petición puede ser voluntaria o involuntaria -es decir, puede ser presentada ya sea por la administración de una empresa o por sus acreedores-. Posteriormente, un comité de acreedores no garantizados es nombrado por la corte para negociar con la administración el desarrollo de una reorganización, la cual puede incluir la reestructuración de la deuda y otros derechos a cargo de la empresa. (Una "reestructuración" podría incluir la ampliación del vencimiento de una deuda, la disminución de la tasa de interés cargada sobre ella, la reducción del monto del principal adeudado, el intercambio de acciones comunes o preferentes por deudas o alguna combinación de estos procedimientos.) La corte puede nombrar un fideicomisario si se juzga que ello será en el mejor de los intereses de los acreedores y de los accionistas; de otra forma, la administración existente retendrá el control. Si no se puede estructurar una reorganización factible de acuerdo con el capítulo 11, la empresa será liquidada bajo los procedimientos que se describen en el capítulo 7.

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