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viernes, 20 de diciembre de 2013

Leyes federales de bancarrota - I

El estado que se conoce como bancarrota empieza realmente cuando una empresa es incapaz de satisfacer los pagos programados sobre su deuda o cuando las proyecciones de flujo de efectivo de la empresa indican que pronto será incapaz de satisfacer sus pagos. A medida que se desarrollan los procedimientos de bancarrota, surgen los siguientes aspectos de importancia central: 
  1. ¿Proviene la incapacidad de la empresa para hacer los pagos programados de un problema temporal de flujo de efectivo, o representa un problema permanente ocasionado por el hecho de que los valores de los activos han disminuido por debajo de las obligaciones provenientes de las deudas? 
  2. Si el problema es de naturaleza temporal, entonces se puede celebrar un convenio que prorrogue los pagos para darle a la empresa un plazo suficiente para que se recupere y para que satisfaga a todos los interesados. Sin embargo, si los valores básicos de los activos a largo plazo han declinado verdaderamente, habrán ocurrido pérdidas económicas. En este caso, ¿quién debería absorber las pérdidas?
  3. ¿Vale más la compañía muerta que viva? Es decir, ¿sería más valioso el negocio si se mantuviera y continuara en operación o si fuera liquidado y vendido en partes? 
  4.  ¿Quién debería controlar a la empresa mientras está siendo liquidada o rehabilitada? ¿Debería permanecer en el control la administración existente, o debería establecerse un fideicomisario a cargo de las operaciones?

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