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jueves, 30 de marzo de 2023

El MESCP Boliviano - CAPÍTULO 2 EL MODELO NEOLIBERAL EN BOLIVIA, 1985-2005 - La política económica neoliberal - La política fiscal, la reforma de pensiones y la deuda pública - La reforma de pensiones

 Dada la importancia de la reforma de pensiones hecha el año 1996 y su impacto en el comportamiento de las cuentas consolidadas del SPNF, a continuación realizamos un análisis preciso al respecto.

La Reforma de Pensiones se elaboró durante el periodo neoliberal que tiene en su esencia achicar y desmantelar el Estado y dejar en las manos del mercado y del sector privado todo el funcionamiento del sistema de pensiones.

Esta reforma fue impulsada por los organismos internacionales, que fueron los mismos que propiciaron las reformas estructurales, procurando disminuir el gasto social del Estado, entre ellas la Seguridad Social por considerarla defectuosa, ineficiente, costosa y que presionaba a la inflación.

Un aspecto a mencionar es que cuando se realizó la Reforma de Pensiones, el Estado estaba muy endeudado con el exterior y necesitaba cumplir con sus compromisos de pago por lo que necesitó disminuir los gastos dentro de los cuales se encuentra el pago de pensiones.

Haciendo una rememoración del programa de Seguridad Social, ésta se aplicó a partir de la promulgación del Código de Seguridad Social en 1956, bajo los principios enunciados en la Constitución Política del Estado.

Este programa funcionó hasta mediados de los años ochenta, período en el que se dio a conocer una declaración respecto de la universalización de la Seguridad Social, que coincidió con el desencadenamiento de la crisis económica y del proceso hiperinflacionario en nuestro país que, en materia de pensiones, incrementó el costo de las prestaciones mucho más allá de las devaluadas aportaciones erosionadas por la hiperinflación.

El D.S. N° 21060 que buscaba restituir la tasa de ganancia de los empresarios privados, dejó sin empleo a cerca de 30.000 mineros, debiendo la seguridad social asumir la carga Social de nuevos rentistas y ver disminuidos los ingresos por cotizaciones. Por esta y otras razones el gobierno neoliberal de 1996 justificó la modificación del sistema de pensiones argumentando que estaba mal estructurado, débil financieramente y deficientemente administrado.

Este régimen de Pensiones de Invalidez, Vejez, Muerte y Riesgos Profesionales a largo plazo se hallaba dividido en un régimen básico y unos regímenes complementarios o facultativos (36 instituciones). El sistema de Seguridad Social fue netamente contributivo basado en sistemas financieros de reparto simple para el Seguro de Salud, Asignaciones Familiares y Vivienda, reparto de capitales con prima variable para el seguro de Riesgos Profesionales, y Capitalización Individual para los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte.

El sistema se estructuró en Seguros de Salud y Regímenes de Pensiones, el primero, ad- ministrado por la Caja Nacional de Salud (CNS) -que agrupa el 87% de la población asegurada-, Caja Petrolera, Ferroviaria, de las Corporaciones, de Caminos, Bancarias Estatal y Privada, ocho Cajas integrales pertenecientes a las Universidades y a la Corporación del Seguro Social Militar; el segundo se hallaba conformado por dos Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) y la Unidad de Recaudaciones, denominada en ese entonces “Dirección Nacional de Pensiones", que heredó el activo y el pasivo del Ex-Fondo de Pensiones Básicas y 36 Fondos Complementarios y facultativos, existentes antes de la promulgación de la nueva Ley de Pensiones.

La Ley de Pensiones se puso en vigencia a partir de la promulgación de la Ley N° 1732 de 29 de noviembre de 1996 y se inició el 1 de mayo de 1997. Esta Ley tuvo como fundamento legal la Resolución No SP 001/97 de la Superintendencia de Pensiones.

Esta Ley de Pensiones tuvo como fundamento principal la capitalización individual, que significó la impregnación hasta en los poros de la naturaleza neoliberal e individualista, que además liberó al empresario privado de aportar para la pensión del trabajador a través de la eliminación del aporte laboral. Esta ley fue muy particular porque, además de poseer un carácter individual, relaciona de una manera técnica la Reforma de Pensiones al proceso de privatización de la economía que entonces estaba en marcha.

Cuando se inicia las actividades de las Administradoras de Fondos de Pensiones toda la población ocupada bajo un régimen de dependencia laboral, fue considerada afiliada al nuevo sistema.

La Reforma neoliberal del Sistema de Seguridad Social, a su vez, se compone de dos elementos:

i) El Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo que, a su vez, considera Vas prestaciones de jubilación, invalidez, muerte y riesgos profesionales. Su financiación es a través del sistema contributivo, con aportes exclusivamente laborales, esto es, de los trabajadores.

ii) Según la Ley de Pensiones de 29 de noviembre de 1996, los recursos provenientes de las acciones de propiedad del Estado en las empresas capitalizadas, transferidas a los ciudadanos bolivianos, fueron destinados a financiar el pago de una anualidad vitalicia, llamada Bonosol (o Bono Solidario) y, además, el pago de gastos funerarios. Cabe aclarar que este beneficio no era universal ya que solo alcanzaba a quienes habían cumplido la mayoría de edad (21 años) hasta el 31 de diciembre de 1995 (de acuerdo a la Ley del BONOSOL de 28 de noviembre de 2002). Los niños y jóvenes que no estaban comprendidos en esa edad y los futuros bolivianos y bolivianas no iban a gozar de este pago.


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