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viernes, 11 de agosto de 2023

La política económica de la revolución democrática y cultural - Políticas y resultados sectoriales - Sector minero - Lineamientos estratégicos para el sector minero

 Para el MESCP, la minería es considerada uno de los principales componentes del sector estratégico generador de excedente económico y tiene el rol principal de generar excedentes y contribuir al cambio de la matriz productiva. A su vez, el Estado crea las condiciones para la acumulación del excedente minero, participa en su generación y administra los excedentes, de manera que sus beneficios sean redistribuidos. Estos lineamientos estratégicos se encuentran establecidos tanto en el Plan Nacional de Desarrollo de 2007 como en la Nueva Constitución Política del Estado de 2009, ésta última establece las siguientes disposiciones para el sector minero en sus artículos 369 al 372:

Artículo 369. I. El Estado será responsable de las riquezas mineralógicas que se encuentren en el suelo y subsuelo cualquiera sea su origen y su aplicación será regulada por la Ley. Se reconoce como actores productivos a la industria minera estatal, industria minera privada y sociedades cooperativas. II. Los recursos naturales no metálicos existentes en los salares, salmueras, evaporíticos, azufres y otros, son de carácter estratégico para el país. III. Será responsabilidad del Estado la dirección de la política minera y metalúrgica, así como el fomento, promoción y control de la actividad minera. IV. El Estado ejercerá control y fiscalización en toda la cadena productiva minera y sobre las actividades que desarrollen los titulares de derechos mineros, contratos mineros o derechos preconstituidos.

Artículo 370. I. El Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena productiva, suscribirá contratos mineros con personas individuales y colectivas previo cumplimiento de las normas establecidas en la ley. II. El Estado promoverá y fortalecerá las cooperativas mineras para que contribuyan al desarrollo económico social del país. II. El derecho minero en toda la cadena productiva así como los contratos mineros tienen que cumplir una función económica social ejercida directamente por sus titulares. IV. El derecho minero que comprende las inversiones y trabajo en la prospección, exploración, explotación, concentración, industria o comercialización de los minerales o metales es de dominio de los titulares. La Ley definirá los alcances de este derecho. V. El contrato minero obligará a los beneficiarios a desarrollar la actividad minera para satisfacer el interés económico social. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a su resolución inmediata. VI. El Estado, a través de sus entidades autárquicas, promoverá y desarrollará políticas de administración, prospección, exploración, explotación, industrialización, comercialización, evaluación e información técnica, geológica y científica de los recursos naturales no renovables para el desarrollo minero.

Artículo 371. I. Las áreas de explotación minera otorgadas por contrato son intransferibles, inembargables e intransmisibles por sucesión hereditaria. II. El domicilio legal de las empresas mineras se establecerá en la jurisdicción local donde se realice la mayor explotación minera.

Articulo 372. I. Pertenecen al patrimonio del pueblo los grupos mineros nacionalizados, sus plantas industriales y sus fundiciones, los cuales no podrán ser transferidos o adjudicados en propiedad a empresas privadas por ningún título. II. La dirección y  administración superiores de la industria minera estarán a cargo de una entidad autárquica con las atribuciones que determine la Ley. III. El Estado deberá participar en la industrialización y comercialización de los recursos mineralógicos metálicos y no metálicos, regulado mediante la ley. IV. Las nuevas empresas autárquicas creadas por el Estado establecerán su domicilio legal en los departamentos de mayor producción minera, Potosí y Oruro.

A su vez, el Plan Nacional de Desarrollo sugiere como estrategia de cambio para el sector minero metalúrgico lo siguiente:

  • El objetivo es la generación de excedentes en el sector, mediante políticas que contribuyan al abandono del patrón primario exportador y a la industrialización del país, en un marco jurídico favorable tanto para el país como para los socios inversionistas privados.
  • Un elemento principal para alcanzar los objetivos de las políticas mineras es la reingeniería institucional del sector minero estatal, que permita contar con eficiente capacidad institucional para registrar, controlar y fiscalizar las concesiones mineras, participar activamente en las actividades de prospección y exploración minera y realizar operaciones en todo el circuito productivo con generación de valor agregado.
  • El Estado participará en el desarrollo de proyectos geológicos, mineros y metalúrgicos estratégicos, garantizando el desarrollo de la iniciativa privada, con atracción de inversión extranjera, y realizará un mejor uso y destino del excedente económico.
  • Asimismo, el Estado participará de los excedentes económicos mineros de forma directa en las empresas dependientes de COMIBOL o en asociación con el sector minero.
  • El Estado ejercerá control en la comercialización de minerales y metales, y apoyará el acopio y comercialización de la producción de las cooperativas y mineros chicos.
  • El Estado implementará un nuevo régimen tributario que permita captar mayor excedente económico en la circulación de las mercancías hacia el mercado externo.
En este marco, las políticas establecidas para el sector minero en el Plan Nacional de
Desarrollo de 2007 son:
a) Nuevo marco jurídico normativo para el desarrollo integral de la minería.
b) Participación del Estado como protagonista y promotor del desarrollo de la Minería y Metalurgia. El Estado participará en todo el proceso productivo mine- ro metalúrgico mediante sus instituciones fundamentales como la COMIBOL, la Empresa Metalúrgica Vinto, la Empresa Siderúrgica del Mutún, el Servicio Geológico Técnico de Minas (SERGEOTECMIN) y las entidades normativas, reguladoras y de investigación.
c) Desarrollo y diversificación del potencial minero metalúrgico del país. Enfatizando la prospección y exploración como actividades rectoras en el futuro. A su vez, la estrategia de generación de valor agregado en el sector minero se apoya en cuatro programas:
i) De reactivación productiva en plantas metalúrgicas y yacimientos De desarrollo minero metalúrgicos en plantas de COMIBOL
iii) De aprovechamiento integral de los recursos evaporíticos del salar de Uyuni
iv) De retratamiento y aprovechamiento de colas y desmontes de COMIBOL
d) Fortalecimiento de la minería chica y cooperativizada
e) Participación de la comunidad.


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